Resumen: Libertad Sindical. SE pretende declare vulnerado derecho de LS del actor como representante trabajadores ante la actuación empresarial de mantenerle en ERTE cuando ya incorporada el 80% plantilla. Pudo seguir su actividad sindical durante el propio ERTE. Al no apreciarse indicios de vulneración de la libertad sindical en la suspensión temporal del contrato de trabajo del actor por cuanto que pudo seguir ejerciendo sus funciones de representación durante el tiempo en el que estuvo afectado por el ERTE y al ajustarse la falta de afectación de determinados trabajadores así como la paulatina desafectación del resto de trabajadores del ERTE a los acuerdos alcanzados en la comisión de seguimiento y finalización del ERTE, se ha de desestimar la vulneración de la libertad sindical que denuncia el demandante.